Atendiendo a la necesidad de garantizar los derechos de las personas menores, las necesidades socioeducativas del alumnado, la necesidad de la intervención de carácter socioeducativa en los centros educativos y las garantías que ofrece la profesión titulada y la colegiación, desde el NAGIHEO/COEESNA hemos realizado dos propuestas para que se integre la figura de las personas tituladas en Educación Social y a las personas habilitadas para ejercer la profesión en los centros educativos como Coordinador/a de Bienestar, y que, con ese fin, se modifique la redacción del artículo 20.7. c)
Para ello, adjuntamos documento con las aportaciones al Anteproyecto de Ley Foral de Atención y Protección de la Infancia y Adolescencia.